(Fuente imagen: gardenofpraise.com)
Una vez más, David ha vencido a Goliat. Por sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Getxo, con fecha 2 de marzo de 2007, se declara "la nulidad del acuerdo, punto 2º del Orden del día, de la Junta Extraordinaria del día 20 de octubre de la Comunidad de Propietarios Inmueble nº1 de la Calle Mayor de Las Arenas, Getxo, y en consecuencia declaro nulo el contrato suscrito, ordenando a la demandada Comunidad de Propietarios Inmueble nº1 de la Calle Mayor de Las Arenas, Getxo,a reponer la situación al momento anterior a la citada Junta, y al pago de las costas procesales".
Con fecha 12 de marzo de 2007, Vodafone envía a la Comunidad de Propietarios Inmueble nº1 de la Calle Mayor de Las Arenas, Getxo, un escrito que dice que "en relación al contrato suscrito entre Vodafone España, S.A. y Ustedes el día 19 de julio, relativo a la instalación de un equipo de telecomunicaciones en la c/ Mayor, nº1 localidad de Las Arenas, Getxo, Vizcaya, lamentamos comunicarles que, según la claúsula Novena B, nos vemos obligados a rescindir dicho contrato con fecha 13 de abril de 2007".
Así se ha puesto fin a la presencia de una estación base de telefonía móvil de Vodafone que ha generado conflicto entre los vecinos. Todo ha tenido que solucionarse en un juzgado, y durante el proceso se ha visto la actuación lamentable tanto del administrador de fincas (manipulación del libro de actas, dos actas distintas acerca de una misma reunión, falso asesoramiento en cuanto a las mayorías necesarias, etc.), así como de la presidenta, que convocaba a una reunión para decidir si se ponía una antena, cuando ya tenía firmado el contrato meses atrás.
Se da la circunstancia de que un vecino de dicho inmueble es familiar directo del Presidente de Vodafone Empresa de la zona norte de España. Ser Goliat no da carta blanca para pisotear los derechos de los demás.